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San Justo, 14
de Noviembre de 2006
Al Señor
Presidente
de la Cámara de Diputados de la Nación
Dr. Alberto Balestrini
Estimado Señor
Presidente:
De mi consideración me dirijo a Usted para desearle Paz y Bien en
Jesucristo, Señor de la Historia y de la Vida.
Las
circunstancias me obligan a escribirle en mi doble carácter de ciudadano y
Obispo de la Diócesis de San Justo -La Matanza-. El bien común temporal es
el fin de toda actividad política -y la legislativa lo es en grado sumo-,
no es ajeno a mi ministerio episcopal, cuya finalidad es también el bien
común, aunque en un sentido más amplio. Precisamente esta convergencia en
el bien común de nuestras tareas, es la que requiere me dirija a Ud. y,
por su intermedio, a todos los Señores Diputados de la Nación, para que
tengan en cuenta estas consideraciones, referidas a diversos proyectos de
ley, en estudio en esa Honorable Cámara. Me refiero en concreto a la
posible ratificación definitiva del Protocolo Opcional para la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(Cedaw), y la aprobación de la mal llamada "anticoncepción de emergencia",
obligando incluso a su distribución gratuita por parte de las obras
sociales y entidades de medicina.
El proyecto de ratificación del Protocolo, con la media sanción del
Honorable Senado, ha sido girado a esa Honorable Cámara de Diputados. Con
inusitada rapidez, ese cuerpo legislativo le otorgó el status de
"preferencia con despacho de Comisión". Esto implica que, con la mera
aprobación de un despacho favorable en las comisiones de Relaciones
Exteriores y Familia, el proyecto es llevado inmediatamente al recinto,
para ser tratado por el pleno de la Cámara, sin respetar los tiempos
reglamentarios, e impidiendo a los diputados que no pertenecen a esas
Comisiones, presentar despachos en minoría, proyectos alternativos u
observaciones al dictamen. Tanta premura del Congreso en resignar la
soberanía legislativa nacional, sólo podría explicarse en un contexto
político como el que estamos viviendo.
Algunas
declaraciones u opiniones dogmáticas de ciertas ideologías nos deberían
hacer pensar profundamente en las consecuencias a que nos llevaría la
ratificación del Protocolo. Tengamos en cuenta que la Recomendación
General n° 24, del Comité de la Cedaw, en relación al artículo 12 de la
Convención, en su párrafo n° 14 alude a la despenalización del aborto
procurado (20° período de sesiones, del 19 de enero al 5 de febrero de
1.999). En base a dicha Recomendación, dicho Comité instó a la hermana
República del Paraguay, a derogar el delito de aborto (A/51/38, United
Nations Report of the Committee on the Elimination of Discrimination
against Women -Fifteenth session-, n. 131); recomendación reiterada en
enero de 2.005. El Comité manifestó a la República Dominicana y México, su
preocupación porque en sus hospitales, los médicos ejercen la objeción de
conciencia y se niegan a practicar abortos, además insta a garantizar el
pleno acceso al aborto en esos hospitales (A/51/38, United Nations Report
of the Committee on the Elimination of Discrimination against Women -Fifteenth
session-, nn. 349 y 408); idéntica recomendación hizo a la República de
Panamá (A/51/38, United Nations Report of the Committee on the Elimination
of Discrimination against Women -Fifteenth session-, n. 199). Dichos
países tienen cláusulas en su constitución política, de respeto a la vida
desde la concepción.
Es bien sabido
que como todo Protocolo es facultativo, es decir, no hay ninguna necesidad
jurídica ni política de ratificarlo. El objetivo de dicho instrumento es
hacer vinculantes las recomendaciones del Comité de la Cedaw; las que,
como hemos visto, incluyen la despenalización del aborto.
Desde el punto
de vista jurídico, debo resaltar que el Congreso Nacional, al ratificar la
Cedaw, hizo expresa reserva de no aceptar la competencia de la Corte
Internacional de Justicia, en las controversias que pudiere suscitar la
aplicación de la Convención (art. 2, 2° párrafo de la ley 23.179). Ahora
bien, si se ratificara sin más el Protocolo Opcional, la República
Argentina aceptaría la potestad ilimitada del Comité de Seguimiento,
respecto de denuncias que puedan efectuar en su contra, tanto particulares
como ongs. Destaco que el Comité no es un tribunal de justicia, sino un
órgano administrativo político-ideológico. Parece irracional rechazar la
competencia de un Tribunal Internacional de Justicia, para solucionar
controversias entre naciones; y simultáneamente, someterse a un organismo
administrativo, para “defenderse” de acusaciones de particulares y grupos
con intereses y financiación inconfesables.
Naturalmente,
esto es sólo una breve síntesis de los antecedentes, que deben ser
estudiados y cuidadosamente ponderados por los Señores Diputados, antes de
votar un proyecto de ley como el mencionado. ¿Podrá ser realizado en tan
breve plazo?, y ¿cómo garantizarlo si se ha resuelto -manu militari-, la
eliminación de los plazos para ello?. Finalmente, si se sanciona el
proyecto de ley sin la previa discusión parlamentaria que el asunto
amerita, ¿cómo aventar todo tipo de sospechas sobre los Señores Diputados?
...
El otro
proyecto de ley en estudio, pretende la liberalización y entrega gratuita
de las píldoras mal llamadas de "anticoncepción de emergencia". Los
laboratorios dueños de las patentes han reconocido públicamente, que su
principal mecanismo de acción es modificar el endometrio, inhibiendo la
implantación del óvulo fecundado; es decir, matando a un ser humano en sus
primeros días de vida. Además, otro de sus efectos es posterior a la
implantación -para el caso que la misma sucediese-, al inhibir la
secreción de la hormona luteinizante, lo cual hace imposible la
permanencia del anidamiento embrionario, matando también a un ser humano
en sus primeras semanas de vida. La Justicia Criminal de Córdoba, ha
imputado a los directivos del laboratorio Biotenk, dueños de la píldora de
"anticoncepción de emergencia", cuyo nombre comercial es "norgestrel max",
quienes al traducir al castellano el prospecto del producto "norlevo", de
Laboratorios Besins-Iscovesco, reconoce que es "un método que busca evitar
… la implantación de un huevo fecundado". Insólitamente consta en el
expediente administrativo de la ANMAT, que al autorizar la fabricación de
dicha píldora, le exigió al laboratorio suprimir toda referencia a los
efectos abortivos. Por ello ha sido girado copia de las actuaciones a la
Justicia Federal en lo Criminal de la Ciudad de Buenos Aires, para
investigar al Ministro de Salud de la Nación y diversos otros funcionarios
públicos, por la violación del art. 201 del Código Penal, con penas entre
tres y diez años de prisión.
Conocida es la
jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en fallo del
5 de marzo de 2.002, en el caso "Portal de Belén", por el cual "… todo
método que impida el anidamiento debería ser considerado como abortivo".
Además, el 31 de octubre de este año, en el caso "Mujeres por la Vida",
también la Corte Suprema legitimó a la ONG "Mujeres por la Vida", para
cuestionar por inconstitucional la ley nacional de salud sexual y
procreación responsable, entre otros puntos, por la inclusión de métodos
de la mal llamada "anticoncepción de emergencia".
Parece
lamentable que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, dedique su
tiempo y dineros del Pueblo, al tratamiento de proyectos de ley, para
pretender legitimar acciones delictivas e inconstitucionales.
Señor
Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, apelo a su
conciencia y sensibilidad humana y cristiana, y a la de sus pares; en
cuanto al tratamiento de los proyectos de ley que acabo de reseñar y
criticar sucintamente. Apelo a la hombría de bien, y a la propia
autoestima de los legisladores, quienes sin duda tienen sus propias
convicciones; al margen de lo que pueda ser una indicación de los jefes de
bloque, partidarios o gubernamentales. Quisiera poder conversar personal y
privadamente con cada uno de Uds., a fin de ayudarlos a sacar de dentro
suyo lo mejor de sí mismos, para el servicio a nuestro amado Pueblo
Argentino. A tal fin, me pongo desde ya a vuestra disposición; los
interesados, no tienen más que llamarme para acordar un encuentro cordial
y fraterno, para conversar serenamente sobre estos y demás temas que nos
atañen como ciudadanos, y por las investiduras con las que hemos sido
revestidos respectivamente. Como Uds. sabiamente intuyen, los argentinos
necesitamos imperiosamente la concordia, es decir compartir nuestros
corazones; en este caso, por la idéntica pasión por el Bien Común, que es
el bien de todos los argentinos, sin excepciones, y sin distinción de
raza, color, sexo, origen, cualidades, ni del hecho de haber o no nacido,
en este momento.
Juan Pablo II
nos enseñó que el tema de la vida y de su defensa y promoción no es
exclusivamente para los creyentes: es para todos...Sólo el respeto de la
vida puede fundamentar y garantizar los bienes más preciosos y necesarios
de la sociedad, como la democracia y la paz. No puede haber verdadera
democracia, si no se reconoce la dignidad de cada persona y no se respetan
sus derechos. No puede haber siquiera verdadera paz, si no se defiende y
promueve la vida. Todo delito contra la vida es un atentado contra la paz,
especialmente si hace mella en la conducta del pueblo”(EV101).
Señor
Presidente y distinguidos Señores Diputados, reciban Uds., un afectuoso
saludo, mi bendición y oración, por la importante tarea legislativa como
representantes del pueblo, todo ello en Cristo Jesús, que es la Vida, que
nos llama tocando las puertas de la conciencia a la conversión y a vivir
de su Palabra y cumplir los Mandamientos.
¡DIOS
ES AMOR!
Baldomero Carlos Martini
Obispo de San Justo
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